Plan simplificado de jubilación para empleados

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Esto plan simplificado de jubilación para empleados posee 9 paginas y es un MS Word tipo listado bajo recursos humanos documentos.

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PLAN SIMPLIFICADO DE RETIRO PARA EMPLEADOS El siguiente documento es un modelo del plan simplificado de retiro para empleados. Al final de un documento aparece una muestra del plan simplificado para empleados sobre la reducción del salario, el cual constituye un Retiro Simplificado para Empleados (Simplified Employee Pension, SEP) que contiene una característica de reducción del salario. Puede modificar este formulario para cubrir sus necesidades. Indudablemente si pretende utilizar este plan, debe asegurarse de que su abogado lo revise y apruebe todos los cambios que usted realice. TABLA DE CONTENIDOS Artículo 1. Propósito 2. Definiciones e Interpretación Definiciones Entidades Principales Determinación de la Contribución y Otras Definiciones Interpretación 3. Participación y Notificaciones Participación Notificaciones 4. Contribuciones Contribuciones de los Participantes Contribuciones en exceso Contribuciones Máximas del Empleador 5. Beneficios 6. Administraci""n Responsabilidad Fiduciaria Designación del Comité Procedimiento para reclamos Registros e Informes Otras Facultades y Deberes del Comité Normas y Decisiones Notificaciones y Formularios Indemnización del Comité 7. Derechos del Empleador Empleo sin garantía Acción del Empleador Elección del Retiro Simplificado para Empelados Enmiendas Empleador Sucesor Derecho a revocar Anexo A SEP que permite Reducción del Salario PLAN SIMPLIFICADO DE RETIRO PARA EMPLEADOS Propósito Vigente a partir de [FECHA EFECTIVA DEL PLAN] para permitirles a los empleados idóneos a establecer cuentas individuales de jubilación o anualidades individuales de jubilación [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] (el "Empleador") que estén decididos a adoptar el Plan Simplificado de Retiro para Empleados de [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] (el "Plan"). El Plan tiene el propósito de cumplir l os requisitos de la Sección [NÚMERO] del [CÓDIGO] (el "Código") a partir del momento en que sea enmendado. Las disposiciones del Plan, según se establece en el presente, sólo se aplicarán a un empleado idóneo que tenga un empleo activo del Empleador el [FECHA DE IDONEIDAD] o en una fecha posterior. Definiciones e Interpretación Definiciones: Cada vez que aparezcan las siguientes palabras y frases en este Plan, tendrán los significados correspondientes que se establecen en este Artículo, a menos que el contexto indique claramente lo contrario. Entidades Principales: Plan: El Plan Simplificado de Retiro para Empleados para [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA], el Plan establecido en el presente, según se enmiende periódicamente. Retiro Simplificado para Empleados: El vehículo de ahorros para la jubilación elegido por el Participante para el depósito de las contribuciones realizadas por el Empleador, como se especifica más adelante. Dicho vehículo de ahorros para la jubilación sólo podrá ser una Cuenta Individual de Jubilación aprobada según la Sección [NÚMERO] del [CÓDIGO]. Empleador: [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA], una [ESTADO LEGAL (POR EJEMPLO, UNA SOCIEDAD)] organizada y regida de acuerdo con las leyes del Estado de [NOMBRE DEL ESTADO] o su sucesor o sucesores. Comité: La persona o las personas designadas conforme a la Sección 6 para ayudar el Empleador en la Administración de acuerdo con dicha Sección. Empleado: Toda persona que, en la Fecha Efectiva o en una fecha posterior, reciba remuneración por servicios personales prestados al Empleador. Participante: Todo Empleado que participe en el Plan de acuerdo con las disposiciones de la Sección 3.1. Fiduciarias: El Empleador y el Comité, pero sólo con respecto a las responsabilidades específicas de cada uno en cuanto a la administración del Plan, según se encuentran todas descritas en la Sección 6.1. 2.3 Determinación de la Contribución y Otras Definiciones: Participación: El período o los períodos durante los cuales un Empleado participa en este Plan según se determine de acuerdo con la Sección 3.1. Remuneración: El total de los montos pagados por el Empleador a un Participante durante un Año en concepto de servicios personales y declarados como jornales a los efectos del impuesto sobre la renta o sustitutos, menos (1) Los montos pagados cubiertos por un contrato de colectivo de trabajo que no suministra inclusión a continuación, (2) El costo del seguro de vida grupal a plazo cierto que supere el monto legal, (3) Los gastos de traslado reintegrados, (4) Todo otro monto que deba ser declarado que no sea una remuneración directa por servicios prestados y (5) Los montos que superen [MONTO]. Fecha Efectiva: [LA FECHA EFECTIVA], la fecha en la cual las disposiciones de este Plan entraron en vigencia. Año: El período de 12 meses que comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre. Código: El [CÓDIGO], según se enmienda periódicamente. Interpretación: El género masculino, cuando figure en el Plan, se considerará que incluye al género femenino, a menos que el contexto indique claramente lo contrario. Las frases "del presente", "aquí, en el presente", "como se especifica a continuación/más adelante" y otros compuestos adverbiales que contengan la palabra "aquí, presente" significarán y se referirán a todo el Plan y no a una disposición, Sección ni Artículo especial. Los encabezados Artículo y Sección aparecen únicamente a los efectos de referencia y no pretenden agregar ni eliminar los términos de este Plan. Participación y Notificaciones Participación: Salvo por un Empleado que, durante todo el Año estuvo cubierto por un contrato colectivo de trabajo que no provee su inclusión más adelante, un Empleado participará en el Plan durante cualquier Año en el cual cumpla los siguientes requisitos: Haber cumplido [EDAD] años o más Haber prestado servicios para el Empleador durante algún tiempo en el Año Percibir una remuneración para el Año de [MONTO] o superior y El Año determinado debe estar precedido por un período de [CANTIDAD] años que incluye al menos tres Años en cada uno de los cuales prestó servicios para el Empleador durante algún tiempo en el Año Notificaciones: El Comité notificará a un Empleado por escrito cuando sea Participante. Dicha notificación incluirá información requerida que debe suministrar [LA AGENCIA]. Dicha notificación también informará al Participante que debe establecer un Retiro Simplificado para Empleados y la fecha para la cual debe establecer dicho retiro. Si el Participante no notifica al Comité sobre el hecho de que estableció un Retiro Simplificado para Empleados a partir de la fecha establecida, el Comité elegirá un Retiro Simplificado para Empleados para tal Participante y ejecutará los formularios y los documentos que sean necesarios para establecer un Retiro Simplificado para Empleados para tal Participante y en su nombre. Si el Retiro Simplificado para Empleados del Participante no acepta contribuciones para el Año en el cual el Participante cumple [EDAD] años, el Comité elegirá un Retiro Simplificado para Empleados para tal Participante, para dicho Año y Años subsiguientes, a menos que el Participante notifique al Comité que ha elegido un Retiro Simplificado para Empleados alternativo. Contribuciones NOTA: La siguiente Sección 4.1 incorpora los requisitos del [CÓDIGO] con respecto a la disparidad permitida en las contribuciones del plan. El porcentaje de las contribuciones para compensaciones por encima de un cierto nivel no pueden superar el porcentaje de contribuciones sobre compensaciones por debajo de un cierto nivel mayor que: El porcentaje menor de contribuciones sobre compensaciones por debajo de un cierto nivel o Mayor que: [%], ni El porcentaje igual a la parte de la tasa según el [CÓDIGO] (en vigencia a partir del comienzo del año) el cual se atribuye al seguro por ancianidad. Contribuciones del Empleador en [FECHA] o en una Fecha Posterior : Cada Año el Empleador determinará si realizará una contribución o no según el Plan para ese Año

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PLAN SIMPLIFICADO DE RETIRO PARA EMPLEADOS El siguiente documento es un modelo del plan simplificado de retiro para empleados. Al final de un documento aparece una muestra del plan simplificado para empleados sobre la reducción del salario, el cual constituye un Retiro Simplificado para Empleados (Simplified Employee Pension, SEP) que contiene una característica de reducción del salario. Puede modificar este formulario para cubrir sus necesidades. Indudablemente si pretende utilizar este plan, debe asegurarse de que su abogado lo revise y apruebe todos los cambios que usted realice. TABLA DE CONTENIDOS Artículo 1. Propósito 2. Definiciones e Interpretación Definiciones Entidades Principales Determinación de la Contribución y Otras Definiciones Interpretación 3. Participación y Notificaciones Participación Notificaciones 4. Contribuciones Contribuciones de los Participantes Contribuciones en exceso Contribuciones Máximas del Empleador 5. Beneficios 6. Administraci""n Responsabilidad Fiduciaria Designación del Comité Procedimiento para reclamos Registros e Informes Otras Facultades y Deberes del Comité Normas y Decisiones Notificaciones y Formularios Indemnización del Comité 7. Derechos del Empleador Empleo sin garantía Acción del Empleador Elección del Retiro Simplificado para Empelados Enmiendas Empleador Sucesor Derecho a revocar Anexo A SEP que permite Reducción del Salario PLAN SIMPLIFICADO DE RETIRO PARA EMPLEADOS Propósito Vigente a partir de [FECHA EFECTIVA DEL PLAN] para permitirles a los empleados idóneos a establecer cuentas individuales de jubilación o anualidades individuales de jubilación [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] (el "Empleador") que estén decididos a adoptar el Plan Simplificado de Retiro para Empleados de [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] (el "Plan"). El Plan tiene el propósito de cumplir l os requisitos de la Sección [NÚMERO] del [CÓDIGO] (el "Código") a partir del momento en que sea enmendado. Las disposiciones del Plan, según se establece en el presente, sólo se aplicarán a un empleado idóneo que tenga un empleo activo del Empleador el [FECHA DE IDONEIDAD] o en una fecha posterior. Definiciones e Interpretación Definiciones: Cada vez que aparezcan las siguientes palabras y frases en este Plan, tendrán los significados correspondientes que se establecen en este Artículo, a menos que el contexto indique claramente lo contrario. Entidades Principales: Plan: El Plan Simplificado de Retiro para Empleados para [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA], el Plan establecido en el presente, según se enmiende periódicamente. Retiro Simplificado para Empleados: El vehículo de ahorros para la jubilación elegido por el Participante para el depósito de las contribuciones realizadas por el Empleador, como se especifica más adelante. Dicho vehículo de ahorros para la jubilación sólo podrá ser una Cuenta Individual de Jubilación aprobada según la Sección [NÚMERO] del [CÓDIGO]. Empleador: [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA], una [ESTADO LEGAL (POR EJEMPLO, UNA SOCIEDAD)] organizada y regida de acuerdo con las leyes del Estado de [NOMBRE DEL ESTADO] o su sucesor o sucesores. Comité: La persona o las personas designadas conforme a la Sección 6 para ayudar el Empleador en la Administración de acuerdo con dicha Sección. Empleado: Toda persona que, en la Fecha Efectiva o en una fecha posterior, reciba remuneración por servicios personales prestados al Empleador. Participante: Todo Empleado que participe en el Plan de acuerdo con las disposiciones de la Sección 3.1. Fiduciarias: El Empleador y el Comité, pero sólo con respecto a las responsabilidades específicas de cada uno en cuanto a la administración del Plan, según se encuentran todas descritas en la Sección 6.1. 2.3 Determinación de la Contribución y Otras Definiciones: Participación: El período o los períodos durante los cuales un Empleado participa en este Plan según se determine de acuerdo con la Sección 3.1. Remuneración: El total de los montos pagados por el Empleador a un Participante durante un Año en concepto de servicios personales y declarados como jornales a los efectos del impuesto sobre la renta o sustitutos, menos (1) Los montos pagados cubiertos por un contrato de colectivo de trabajo que no suministra inclusión a continuación, (2) El costo del seguro de vida grupal a plazo cierto que supere el monto legal, (3) Los gastos de traslado reintegrados, (4) Todo otro monto que deba ser declarado que no sea una remuneración directa por servicios prestados y (5) Los montos que superen [MONTO]. Fecha Efectiva: [LA FECHA EFECTIVA], la fecha en la cual las disposiciones de este Plan entraron en vigencia. Año: El período de 12 meses que comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre. Código: El [CÓDIGO], según se enmienda periódicamente. Interpretación: El género masculino, cuando figure en el Plan, se considerará que incluye al género femenino, a menos que el contexto indique claramente lo contrario. Las frases "del presente", "aquí, en el presente", "como se especifica a continuación/más adelante" y otros compuestos adverbiales que contengan la palabra "aquí, presente" significarán y se referirán a todo el Plan y no a una disposición, Sección ni Artículo especial. Los encabezados Artículo y Sección aparecen únicamente a los efectos de referencia y no pretenden agregar ni eliminar los términos de este Plan. Participación y Notificaciones Participación: Salvo por un Empleado que, durante todo el Año estuvo cubierto por un contrato colectivo de trabajo que no provee su inclusión más adelante, un Empleado participará en el Plan durante cualquier Año en el cual cumpla los siguientes requisitos: Haber cumplido [EDAD] años o más Haber prestado servicios para el Empleador durante algún tiempo en el Año Percibir una remuneración para el Año de [MONTO] o superior y El Año determinado debe estar precedido por un período de [CANTIDAD] años que incluye al menos tres Años en cada uno de los cuales prestó servicios para el Empleador durante algún tiempo en el Año Notificaciones: El Comité notificará a un Empleado por escrito cuando sea Participante. Dicha notificación incluirá información requerida que debe suministrar [LA AGENCIA]. Dicha notificación también informará al Participante que debe establecer un Retiro Simplificado para Empleados y la fecha para la cual debe establecer dicho retiro. Si el Participante no notifica al Comité sobre el hecho de que estableció un Retiro Simplificado para Empleados a partir de la fecha establecida, el Comité elegirá un Retiro Simplificado para Empleados para tal Participante y ejecutará los formularios y los documentos que sean necesarios para establecer un Retiro Simplificado para Empleados para tal Participante y en su nombre. Si el Retiro Simplificado para Empleados del Participante no acepta contribuciones para el Año en el cual el Participante cumple [EDAD] años, el Comité elegirá un Retiro Simplificado para Empleados para tal Participante, para dicho Año y Años subsiguientes, a menos que el Participante notifique al Comité que ha elegido un Retiro Simplificado para Empleados alternativo. Contribuciones NOTA: La siguiente Sección 4.1 incorpora los requisitos del [CÓDIGO] con respecto a la disparidad permitida en las contribuciones del plan. El porcentaje de las contribuciones para compensaciones por encima de un cierto nivel no pueden superar el porcentaje de contribuciones sobre compensaciones por debajo de un cierto nivel mayor que: El porcentaje menor de contribuciones sobre compensaciones por debajo de un cierto nivel o Mayor que: [%], ni El porcentaje igual a la parte de la tasa según el [CÓDIGO] (en vigencia a partir del comienzo del año) el cual se atribuye al seguro por ancianidad. Contribuciones del Empleador en [FECHA] o en una Fecha Posterior : Cada Año el Empleador determinará si realizará una contribución o no según el Plan para ese Año

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