Plan de acuerdo de reintegros por salud (HRA)

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Esto plan de acuerdo de reintegros por salud (hra) posee 7 paginas y es un MS Word tipo listado bajo recursos humanos documentos.

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PLAN DE ACUERDO DE REINTEGROS POR SALUD (HEALTH REIMBURSEMENT ARRANGEMENT, HRA) Aunque no es obligatorio utilizar un tercero administrador, es importante que su Acuerdo de Reintegro de Salud cumpla con todas las pautas del Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service, IRS); del Departamento de Trabajo (Department of Labor, DOL) y la Ley de Garantía de los Ingresos para Jubilación de los Empleados (Employment Retirement Income Security Act, ERISA). Por este motivo, la mayoría de los profesionales asesores impositivos alientan a sus clientes a contratar una compañía que se especialice en este tipo de plan de beneficios para empleados. Este Plan de Reintegro de Salud se celebra a los [FECHA] días de ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (la "Compañía"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia] de [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL EMPLEADO] (el "Empleado"), una persona física cuyo principal lugar de residencia es: [DIRECCIÓN COMPLETA] CLÁUSULAS Y CONDICIONES POR CUANTO [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] desea proveer beneficios de atención de la salud en relación con los gastos no cubiertos según una póliza médica: POR TANTO SE RESUELVE: todos los empleados de tiempo completo conservarán las cuentas del Reintegro por Gastos en Salud de las cuales se reintegrarán los gastos cubiertos (según se definen en la Sección 213 del Código Tributario) al empleado o sus dependientes. [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA]: los reintegros financiados a un empleado no superarán [MONTO] durante un año calendario. [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA]: los reintegros financiados a un empleado con dependientes no superarán [MONTO] durante un año calendario. ASIMISMO SE RESUELVE: la presentación de gastos en salud se debe realizar en un formulario y con detalles suficientes para cumplir con los requisitos de [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA]. Los gastos se podrán presentar hasta [FECHA] para el año calendario anterior. ASIMISMO SE RESUELVE: El Plan será administrado de manera no discriminatoria (según se define en la Sección 150 (h) del código Tributario) y permanecerá vigente hasta que lo modifique o extinga una resolución posterior. ASIMISMO SE RESUELVE: El plan reintegrará los gastos de atención médica a ex empleados hasta un monto equivalente al monto de reintegro no utilizado remanente al momento de la jubilación o de otra forma de extinción de relación laboral. POR LO TANTO, en contraprestación de los pactos y acuerdos establecidos aquí, las partes de los mismos, con la intención de estar legalmente vinculados, acuerdan lo siguiente: Propósito Vigente a partir de [FECHA EFECTIVA DEL PLAN], [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] establece un Plan de Acuerdo de Reintegros en Salud efectivo [FECHA] para el beneficio de todos los empleados de tiempo completo (que trabajan al menos [CANTIDAD] horas o más por semana) y sus dependientes (cónyuge e hijos menores) según la Sección 105 (b), (e) del Código Tributario según se enmiende periódicamente. Las disposiciones del Plan, establecidas en el presente, sólo se aplicarán a un empleado idóneo que tenga un empleo activo con el Empleador el [FECHA DE IDONEIDAD] o en una fecha posterior. Definiciones e Interpretación Definiciones Cada vez que figuren las siguientes palabras y frases en este Plan, tendrán los respectivos significados que se establecen en este Artículo, a menos que el contexto indique claramente lo contrario. Entidades Principales Plan: El Plan HRA para Empleados que trabajan para [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA], el Plan establecido en el presente, según se enmiende periódicamente. Empleador: [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA], una [ESTADO LEGAL (POR EJEMPLO, UNA SOCIEDAD)] organizada y regida de acuerdo con las leyes del Estado de [NOMBRE DEL ESTADO] o su sucesor o sucesores. Comité: La persona o las personas designadas conforme a la Sección 6 para ayudar al Empleador en la Administración de acuerdo con dicha Sección. Empleado: Toda persona que, en la Fecha Efectiva o en una fecha posterior, reciba remuneración por servicios personales prestados al Empleador. Participante: Todo Empleado que participe en el Plan de acuerdo con las disposiciones de la Sección 3.1. Fiduciarias: El Empleador y el Comité, pero sólo con respecto a las responsabilidades específicas de cada uno en cuanto a la administración del Plan, según se encuentran todas descritas en la Sección 6.1. 2.3 Determinación de la Contribución y Otras Definiciones Participación: El período o los períodos durante los cuales un Empleado participa en este Plan según se determine de acuerdo con la Sección 3.1. Remuneración: El total de los montos pagados por el Empleador a un Participante durante un Año determinado en concepto de servicios personales y declarados como jornales a los efectos de impuesto sobre la renta o sustitutos, menos (1) Los montos pagados cubiertos por un contrato colectivo de trabajo que no se incluye a continuación, (2) El costo del seguro de vida grupal a plazo cierto que supere el monto legal, (3) Los gastos de traslado reintegrados, (4) Todo otro monto que deba ser declarado que no sea una remuneración directa por servicios prestados y (5) los montos que superen [MONTO]. Fecha efectiva: [LA FECHA EFECTIVA], la fecha en la cual las disposiciones de este Plan entraron en vigencia. Año: El período de 12 meses que comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre. Código: El Código Tributario y cualquier otro Código relacionado con asuntos contenidos en este Plan, según se enmiende periódicamente. 2.4 Interpretación El género masculino, cuando figure en el Plan, se considerará que incluye al género femenino, a menos que el contexto indique claramente lo contrario. Las frases "del presente", "aquí, en el presente", "a continuación" y otros compuestos adverbiales derivados de "aquí" significarán y se referirán a todo el Plan y no a una disposición, Sección ni Artículo especial. Los encabezados de Artículo y Sección aparecen únicamente a los efectos de referencia y no para agregar ni restar de los términos de este Plan. Participación y Notificaciones Participación Salvo por un Empleado que, durante todo el Año estuvo cubierto por un contrato colectivo de trabajo que no provee su inclusión a continuación, un Empleado participará en el Plan durante cualquier Año en el cual cumpla los siguientes requisitos: Haber prestado servicios para el Empleador durante algún tiempo en el Año Percibir una remuneración por el Año de [MONTO] o superior y El Año determinado debe estar precedido por un período de [CANTIDAD] años que incluye al menos tres Años en cada uno de los cuales prestó servicios para el Empleador durante algún tiempo en el Año Notificaciones [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] debe notificar a un Empleado por escrito cuando se convierte por primera vez en Participante. Dicha notificación incluirá información requerida que debe suministrar [LA AGENCIA DEL GOBIERNO]. Dicha notificación también informará al Participante que debe establecer un Acuerdo de Reintegro por Salud y la fecha en la cual debe establecer dicho acuerdo. Si el Participante no notifica al Comité sobre el hecho de que estableció un HRA a partir de la fecha establecida, el Comité elegirá un Plan de Acuerdo de Reintegros por Salud para tal Participante y ejecutará los formularios y los documentos que sean necesarios para establecer un Plan de Acuerdo de Reintegros por Salud para tal Participante y en su nombre. Contribuciones NOTA: La siguiente Sección 4.1 incorpora los requisitos del [CÓDIGO] con respecto a la disparidad permitida en las contribuciones del plan. El porcentaje de contribuciones sobre remuneraciones por encima de un cierto nivel, no puede superar el porcentaje de contribuciones sobre remuneraciones por debajo de un cierto nivel mayor que: El porcentaje menor de contribuciones sobre remuneraciones por debajo de un cierto nivel ni Mayor que: [%], o

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PLAN DE ACUERDO DE REINTEGROS POR SALUD (HEALTH REIMBURSEMENT ARRANGEMENT, HRA) Aunque no es obligatorio utilizar un tercero administrador, es importante que su Acuerdo de Reintegro de Salud cumpla con todas las pautas del Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service, IRS); del Departamento de Trabajo (Department of Labor, DOL) y la Ley de Garantía de los Ingresos para Jubilación de los Empleados (Employment Retirement Income Security Act, ERISA). Por este motivo, la mayoría de los profesionales asesores impositivos alientan a sus clientes a contratar una compañía que se especialice en este tipo de plan de beneficios para empleados. Este Plan de Reintegro de Salud se celebra a los [FECHA] días de ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (la "Compañía"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia] de [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL EMPLEADO] (el "Empleado"), una persona física cuyo principal lugar de residencia es: [DIRECCIÓN COMPLETA] CLÁUSULAS Y CONDICIONES POR CUANTO [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] desea proveer beneficios de atención de la salud en relación con los gastos no cubiertos según una póliza médica: POR TANTO SE RESUELVE: todos los empleados de tiempo completo conservarán las cuentas del Reintegro por Gastos en Salud de las cuales se reintegrarán los gastos cubiertos (según se definen en la Sección 213 del Código Tributario) al empleado o sus dependientes. [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA]: los reintegros financiados a un empleado no superarán [MONTO] durante un año calendario. [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA]: los reintegros financiados a un empleado con dependientes no superarán [MONTO] durante un año calendario. ASIMISMO SE RESUELVE: la presentación de gastos en salud se debe realizar en un formulario y con detalles suficientes para cumplir con los requisitos de [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA]. Los gastos se podrán presentar hasta [FECHA] para el año calendario anterior. ASIMISMO SE RESUELVE: El Plan será administrado de manera no discriminatoria (según se define en la Sección 150 (h) del código Tributario) y permanecerá vigente hasta que lo modifique o extinga una resolución posterior. ASIMISMO SE RESUELVE: El plan reintegrará los gastos de atención médica a ex empleados hasta un monto equivalente al monto de reintegro no utilizado remanente al momento de la jubilación o de otra forma de extinción de relación laboral. POR LO TANTO, en contraprestación de los pactos y acuerdos establecidos aquí, las partes de los mismos, con la intención de estar legalmente vinculados, acuerdan lo siguiente: Propósito Vigente a partir de [FECHA EFECTIVA DEL PLAN], [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] establece un Plan de Acuerdo de Reintegros en Salud efectivo [FECHA] para el beneficio de todos los empleados de tiempo completo (que trabajan al menos [CANTIDAD] horas o más por semana) y sus dependientes (cónyuge e hijos menores) según la Sección 105 (b), (e) del Código Tributario según se enmiende periódicamente. Las disposiciones del Plan, establecidas en el presente, sólo se aplicarán a un empleado idóneo que tenga un empleo activo con el Empleador el [FECHA DE IDONEIDAD] o en una fecha posterior. Definiciones e Interpretación Definiciones Cada vez que figuren las siguientes palabras y frases en este Plan, tendrán los respectivos significados que se establecen en este Artículo, a menos que el contexto indique claramente lo contrario. Entidades Principales Plan: El Plan HRA para Empleados que trabajan para [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA], el Plan establecido en el presente, según se enmiende periódicamente. Empleador: [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA], una [ESTADO LEGAL (POR EJEMPLO, UNA SOCIEDAD)] organizada y regida de acuerdo con las leyes del Estado de [NOMBRE DEL ESTADO] o su sucesor o sucesores. Comité: La persona o las personas designadas conforme a la Sección 6 para ayudar al Empleador en la Administración de acuerdo con dicha Sección. Empleado: Toda persona que, en la Fecha Efectiva o en una fecha posterior, reciba remuneración por servicios personales prestados al Empleador. Participante: Todo Empleado que participe en el Plan de acuerdo con las disposiciones de la Sección 3.1. Fiduciarias: El Empleador y el Comité, pero sólo con respecto a las responsabilidades específicas de cada uno en cuanto a la administración del Plan, según se encuentran todas descritas en la Sección 6.1. 2.3 Determinación de la Contribución y Otras Definiciones Participación: El período o los períodos durante los cuales un Empleado participa en este Plan según se determine de acuerdo con la Sección 3.1. Remuneración: El total de los montos pagados por el Empleador a un Participante durante un Año determinado en concepto de servicios personales y declarados como jornales a los efectos de impuesto sobre la renta o sustitutos, menos (1) Los montos pagados cubiertos por un contrato colectivo de trabajo que no se incluye a continuación, (2) El costo del seguro de vida grupal a plazo cierto que supere el monto legal, (3) Los gastos de traslado reintegrados, (4) Todo otro monto que deba ser declarado que no sea una remuneración directa por servicios prestados y (5) los montos que superen [MONTO]. Fecha efectiva: [LA FECHA EFECTIVA], la fecha en la cual las disposiciones de este Plan entraron en vigencia. Año: El período de 12 meses que comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre. Código: El Código Tributario y cualquier otro Código relacionado con asuntos contenidos en este Plan, según se enmiende periódicamente. 2.4 Interpretación El género masculino, cuando figure en el Plan, se considerará que incluye al género femenino, a menos que el contexto indique claramente lo contrario. Las frases "del presente", "aquí, en el presente", "a continuación" y otros compuestos adverbiales derivados de "aquí" significarán y se referirán a todo el Plan y no a una disposición, Sección ni Artículo especial. Los encabezados de Artículo y Sección aparecen únicamente a los efectos de referencia y no para agregar ni restar de los términos de este Plan. Participación y Notificaciones Participación Salvo por un Empleado que, durante todo el Año estuvo cubierto por un contrato colectivo de trabajo que no provee su inclusión a continuación, un Empleado participará en el Plan durante cualquier Año en el cual cumpla los siguientes requisitos: Haber prestado servicios para el Empleador durante algún tiempo en el Año Percibir una remuneración por el Año de [MONTO] o superior y El Año determinado debe estar precedido por un período de [CANTIDAD] años que incluye al menos tres Años en cada uno de los cuales prestó servicios para el Empleador durante algún tiempo en el Año Notificaciones [NOMBRE DE SU COMPAÑÍA] debe notificar a un Empleado por escrito cuando se convierte por primera vez en Participante. Dicha notificación incluirá información requerida que debe suministrar [LA AGENCIA DEL GOBIERNO]. Dicha notificación también informará al Participante que debe establecer un Acuerdo de Reintegro por Salud y la fecha en la cual debe establecer dicho acuerdo. Si el Participante no notifica al Comité sobre el hecho de que estableció un HRA a partir de la fecha establecida, el Comité elegirá un Plan de Acuerdo de Reintegros por Salud para tal Participante y ejecutará los formularios y los documentos que sean necesarios para establecer un Plan de Acuerdo de Reintegros por Salud para tal Participante y en su nombre. Contribuciones NOTA: La siguiente Sección 4.1 incorpora los requisitos del [CÓDIGO] con respecto a la disparidad permitida en las contribuciones del plan. El porcentaje de contribuciones sobre remuneraciones por encima de un cierto nivel, no puede superar el porcentaje de contribuciones sobre remuneraciones por debajo de un cierto nivel mayor que: El porcentaje menor de contribuciones sobre remuneraciones por debajo de un cierto nivel ni Mayor que: [%], o

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