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ACUERDO DE CESIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Este Acuerdo de Cesión de la Propiedad Intelectual entra en vigencia el [FECHA], y se celebra ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (el "Vendedor"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL COMPRADOR] (el "Comprador"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] EN TANTO QUE, el Vendedor es propietario de determinada Propiedad Intelectual que se detalla en el Anexo A y en el Anexo B adjuntos al presente Acuerdo; y EN TANTO QUE, el Comprador tiene la intención de adquirir en forma irrevocable todos los derechos, títulos e intereses sobre la mencionada Propiedad Intelectual y explotar dicha propiedad. POR LO TANTO, las partes desean vincularse legalmente y acuerdan lo siguiente: DEFINICIONES "Tecnología" significa cualquier tecnología de propiedad del Vendedor y vendida al Comprador, relacionada con los [PRODUCTOS/SERVICIOS], incluidos entre otros, los derechos de propiedad intelectual y la información técnica. "Derechos de propiedad intelectual" significa todas las patentes, marcas comerciales, derechos de autor, diseños de sistema y demás derechos de propiedad intelectual, registrados o no, de propiedad del Vendedor y vendidos al Comprador, con relación a la Propiedad intelectual que se describe en el Anexo A. "Documentos" incluye toda la información que se fija en cualquier medio tangible de expresión, en cualquier forma o formato, y sus copias. "Información técnica" significa todos los conocimientos técnicos del Vendedor, con respecto a la Propiedad Intelectual que se describe en el Anexo A, incluidos entre otros: (a) Todos los secretos comerciales y conocimientos técnicos exclusivos, información pública, conocimientos técnicos no privilegiados y divulgaciones de las invenciones; (b) Toda información de naturaleza técnica o comercial en cualquiera de sus formas; (c) Toda investigación documentada, trabajo de desarrollo, demostración o ingeniería; (d) Toda información que se utilice o se pueda utilizar para definir un diseño o proceso o procedimiento, producir, respaldar u operar materiales y equipos; (e) Todos los dibujos, proyecto, patrones, planos, diagramas de flujo, equipos, listas de piezas, software y procedimientos, especificaciones, fórmulas, diseños, datos técnicos, descripciones, instrucciones relacionadas, manuales, registros y procedimientos. VENTA Y CESIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL El Vendedor vende y transfiere en forma irrevocable al Comprador todos los derechos, títulos e intereses (incluidos entre otros, todos los derechos de registro, todos los derechos para preparar trabajos derivados, el fondo de comercio y otros derechos) en y sobre la Propiedad Intelectual. CONTRAPRESTACIÓN En contraprestación por la venta de los derechos y la cesión estipulada en el Artículo 2, el Comprador abonará al Vendedor la suma de [MONTO] pagadera en un plazo máximo de [PERÍODO DE TIEMPO] a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, lo que significa que el Vendedor debe recibir el monto total antes del [FECHA]. A continuación se incluye un desglose del precio de los elementos vendidos: [PRODUCTO 1], [PRODUCTO 2], [MARCA COMERCIAL1], [ETC.]. DECLARACIONES Y GARANTÍAS El Vendedor declara y garantiza al Comprador que: (a) El Vendedor posee el derecho, facultad y autorización para celebrar el presente Acuerdo; (b) El Vendedor es el propietario exclusivo de todos los derechos, títulos e intereses en y sobre la tecnología libre de todo gravamen, cargo o prenda; (c) El Vendedor garantiza que todos los documentos, registros informáticos, discos y otros materiales de cualquier naturaleza que contengan Tecnología o parte de Tecnología se entregaron al Comprador y que el Vendedor no retendrá la Tecnología, ni parte de Tecnología, de ninguna forma después del cierre de la presente transacción, salvo que se permita específicamente en el presente; (d) La Propiedad Intelectual no viola los derechos de ninguna persona o entidad; (e) No existen reclamos, pendientes o potenciales, con respecto a los derechos del Vendedor sobre la Propiedad Intelectual; (f) El presente Acuerdo es válido, vinculante y exigible conforme a sus términos y condiciones; (g) El Vendedor no está sujeto a ningún acuerdo, juicio o disposición inconsistente con los términos y condiciones del presente Acuerdo. honorarios de los abogados
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ACUERDO DE CESIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Este Acuerdo de Cesión de la Propiedad Intelectual entra en vigencia el [FECHA], y se celebra ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (el "Vendedor"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL COMPRADOR] (el "Comprador"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] EN TANTO QUE, el Vendedor es propietario de determinada Propiedad Intelectual que se detalla en el Anexo A y en el Anexo B adjuntos al presente Acuerdo; y EN TANTO QUE, el Comprador tiene la intención de adquirir en forma irrevocable todos los derechos, títulos e intereses sobre la mencionada Propiedad Intelectual y explotar dicha propiedad. POR LO TANTO, las partes desean vincularse legalmente y acuerdan lo siguiente: DEFINICIONES "Tecnología" significa cualquier tecnología de propiedad del Vendedor y vendida al Comprador, relacionada con los [PRODUCTOS/SERVICIOS], incluidos entre otros, los derechos de propiedad intelectual y la información técnica. "Derechos de propiedad intelectual" significa todas las patentes, marcas comerciales, derechos de autor, diseños de sistema y demás derechos de propiedad intelectual, registrados o no, de propiedad del Vendedor y vendidos al Comprador, con relación a la Propiedad intelectual que se describe en el Anexo A. "Documentos" incluye toda la información que se fija en cualquier medio tangible de expresión, en cualquier forma o formato, y sus copias. "Información técnica" significa todos los conocimientos técnicos del Vendedor, con respecto a la Propiedad Intelectual que se describe en el Anexo A, incluidos entre otros: (a) Todos los secretos comerciales y conocimientos técnicos exclusivos, información pública, conocimientos técnicos no privilegiados y divulgaciones de las invenciones; (b) Toda información de naturaleza técnica o comercial en cualquiera de sus formas; (c) Toda investigación documentada, trabajo de desarrollo, demostración o ingeniería; (d) Toda información que se utilice o se pueda utilizar para definir un diseño o proceso o procedimiento, producir, respaldar u operar materiales y equipos; (e) Todos los dibujos, proyecto, patrones, planos, diagramas de flujo, equipos, listas de piezas, software y procedimientos, especificaciones, fórmulas, diseños, datos técnicos, descripciones, instrucciones relacionadas, manuales, registros y procedimientos. VENTA Y CESIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL El Vendedor vende y transfiere en forma irrevocable al Comprador todos los derechos, títulos e intereses (incluidos entre otros, todos los derechos de registro, todos los derechos para preparar trabajos derivados, el fondo de comercio y otros derechos) en y sobre la Propiedad Intelectual. CONTRAPRESTACIÓN En contraprestación por la venta de los derechos y la cesión estipulada en el Artículo 2, el Comprador abonará al Vendedor la suma de [MONTO] pagadera en un plazo máximo de [PERÍODO DE TIEMPO] a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, lo que significa que el Vendedor debe recibir el monto total antes del [FECHA]. A continuación se incluye un desglose del precio de los elementos vendidos: [PRODUCTO 1], [PRODUCTO 2], [MARCA COMERCIAL1], [ETC.]. DECLARACIONES Y GARANTÍAS El Vendedor declara y garantiza al Comprador que: (a) El Vendedor posee el derecho, facultad y autorización para celebrar el presente Acuerdo; (b) El Vendedor es el propietario exclusivo de todos los derechos, títulos e intereses en y sobre la tecnología libre de todo gravamen, cargo o prenda; (c) El Vendedor garantiza que todos los documentos, registros informáticos, discos y otros materiales de cualquier naturaleza que contengan Tecnología o parte de Tecnología se entregaron al Comprador y que el Vendedor no retendrá la Tecnología, ni parte de Tecnología, de ninguna forma después del cierre de la presente transacción, salvo que se permita específicamente en el presente; (d) La Propiedad Intelectual no viola los derechos de ninguna persona o entidad; (e) No existen reclamos, pendientes o potenciales, con respecto a los derechos del Vendedor sobre la Propiedad Intelectual; (f) El presente Acuerdo es válido, vinculante y exigible conforme a sus términos y condiciones; (g) El Vendedor no está sujeto a ningún acuerdo, juicio o disposición inconsistente con los términos y condiciones del presente Acuerdo. honorarios de los abogados
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