Esto acuerdo de respaldo financiero respecto de la garantía de obligación posee 6 paginas y es un MS Word tipo listado bajo legal documentos.
ACUERDO DE APOYO FINANCIERO EN RELACIÓN CON LA GARANTÍA DE OBLIGACIONES Este Acuerdo de Apoyo Financiero en relación con la Garantía de Obligaciones (el "Acuerdo") entra en vigencia el [FECHA], ENTRE: [NOMBRE DE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA] (el "Garante"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (la "Compañía"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] CONSIDERANDOS El Garante ha otorgado y continuará manteniendo la garantía que se adjunta como Anexo A (la "Garantía") luego de la transferencia de la participación mayoritaria del Garante al Receptor. El Receptor acuerda pagar al Garante una comisión conforme a los siguientes términos y condiciones. COMISIÓN DE LA GARANTÍA La comisión de la garantía será del [%] por ciento [ANUAL/MENSUAL], que se pagará con el saldo pendiente de la Garantía a fin de mes, como se evidencia en el cronograma de amortización que se adjunta al presente como Anexo B y se pagará [SEMESTRALMENTE] el [30 DE JUNIO] y el [31 DE DICIEMBRE] de cada año calendario. Si la Garantía está pendiente por menos de un mes calendario completo, la comisión de la Garantía se computará en base al saldo pendiente de la Garantía de cada año calendario del mes en el cual la Garantía permanecerá en vigencia. AJUSTE DE LA COMISIÓN DE LA GARANTÍA La Comisión de la Garantía establecida anteriormente se determinó en base a la suposición de que la calificación del Receptor posterior a la separación sería equivalente al promedio de los valores de [BBB/Baa2 y BBB-/Baa3]. El Garante tendrá un único derecho a aumentar, en forma efectiva y anticipada, la Comisión de la Garantía (la Comisión de la Garantía Ajustada) si ocurre lo siguiente: Standard & Poor´s otorga una calificación para el Receptor de [BB+] o menos, o Moody´s otorga una calificación para el Receptor de [Ba1] o menos. Se puede hacer uso de dicho derecho en cualquier momento por medio de una notificación por escrito dirigida al Receptor. Si se produce alguna de las situaciones anteriormente mencionadas, el Ajuste de la Comisión de la Garantía lo determinará el Garante promediando las tasas cotizadas para el Garante por tres instituciones bancarias reconocidas a nivel nacional para un crédito equivalente a las calificaciones publicadas del Receptor. La Comisión de la Garantía Ajustada se convertirá en la Comisión de la Garantía que se pagará según este Acuerdo desde y hasta después de la fecha en que el Garante otorgue una notificación por escrito al Receptor. PAGO DE LA COMISIÓN La Comisión de la Garantía vence a más tardar a los [NÚMERO] días hábiles posteriores a cada período de pago [SEMESTRAL] como se define en la Sección 1 y se entregará por [FORMA DE PAGO, p. ej. giro bancario] o por una cuenta bancaria proporcionada por escrito por el Garante para el Receptor con al menos 5 días hábiles previos a la fecha de vencimiento del pago. En el caso de que finalice la Garantía, que sea reemplazada por el Receptor o que expire antes del final del período de pago [SEMESTRAL], la Comisión de la Garantía vencerá a más tardar a los [NÚMERO] días hábiles de la finalización de todas las obligaciones del Garante según la Garantía. PAGO DEMORADO DE LA COMISIÓN Un pago demorado de la comisión por la suma de la tasa preferencial más el [PORCENTAJE, p
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ACUERDO DE APOYO FINANCIERO EN RELACIÓN CON LA GARANTÍA DE OBLIGACIONES Este Acuerdo de Apoyo Financiero en relación con la Garantía de Obligaciones (el "Acuerdo") entra en vigencia el [FECHA], ENTRE: [NOMBRE DE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA] (el "Garante"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (la "Compañía"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] CONSIDERANDOS El Garante ha otorgado y continuará manteniendo la garantía que se adjunta como Anexo A (la "Garantía") luego de la transferencia de la participación mayoritaria del Garante al Receptor. El Receptor acuerda pagar al Garante una comisión conforme a los siguientes términos y condiciones. COMISIÓN DE LA GARANTÍA La comisión de la garantía será del [%] por ciento [ANUAL/MENSUAL], que se pagará con el saldo pendiente de la Garantía a fin de mes, como se evidencia en el cronograma de amortización que se adjunta al presente como Anexo B y se pagará [SEMESTRALMENTE] el [30 DE JUNIO] y el [31 DE DICIEMBRE] de cada año calendario. Si la Garantía está pendiente por menos de un mes calendario completo, la comisión de la Garantía se computará en base al saldo pendiente de la Garantía de cada año calendario del mes en el cual la Garantía permanecerá en vigencia. AJUSTE DE LA COMISIÓN DE LA GARANTÍA La Comisión de la Garantía establecida anteriormente se determinó en base a la suposición de que la calificación del Receptor posterior a la separación sería equivalente al promedio de los valores de [BBB/Baa2 y BBB-/Baa3]. El Garante tendrá un único derecho a aumentar, en forma efectiva y anticipada, la Comisión de la Garantía (la Comisión de la Garantía Ajustada) si ocurre lo siguiente: Standard & Poor´s otorga una calificación para el Receptor de [BB+] o menos, o Moody´s otorga una calificación para el Receptor de [Ba1] o menos. Se puede hacer uso de dicho derecho en cualquier momento por medio de una notificación por escrito dirigida al Receptor. Si se produce alguna de las situaciones anteriormente mencionadas, el Ajuste de la Comisión de la Garantía lo determinará el Garante promediando las tasas cotizadas para el Garante por tres instituciones bancarias reconocidas a nivel nacional para un crédito equivalente a las calificaciones publicadas del Receptor. La Comisión de la Garantía Ajustada se convertirá en la Comisión de la Garantía que se pagará según este Acuerdo desde y hasta después de la fecha en que el Garante otorgue una notificación por escrito al Receptor. PAGO DE LA COMISIÓN La Comisión de la Garantía vence a más tardar a los [NÚMERO] días hábiles posteriores a cada período de pago [SEMESTRAL] como se define en la Sección 1 y se entregará por [FORMA DE PAGO, p. ej. giro bancario] o por una cuenta bancaria proporcionada por escrito por el Garante para el Receptor con al menos 5 días hábiles previos a la fecha de vencimiento del pago. En el caso de que finalice la Garantía, que sea reemplazada por el Receptor o que expire antes del final del período de pago [SEMESTRAL], la Comisión de la Garantía vencerá a más tardar a los [NÚMERO] días hábiles de la finalización de todas las obligaciones del Garante según la Garantía. PAGO DEMORADO DE LA COMISIÓN Un pago demorado de la comisión por la suma de la tasa preferencial más el [PORCENTAJE, p
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