Esto acuerdo de marca compartida posee 8 paginas y es un MS Word tipo listado bajo internet y tecnología documentos.
ACUERDO DE MARCA COMPARTIDA El presente Acuerdo de Marca Compartida se celebra y entra en vigencia el [FECHA], ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (el "Comercio Electrónico"), compañía constituida en y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL SOCIO ESTRATÉGICO] (el "Socio Estratégico"), compañía constituida en y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] En contraprestación de los términos y condiciones del presente Acuerdo, y de otros a título oneroso, las partes acuerdan lo siguiente: TÉRMINOS Y CONDICIONES El Comercio Electrónico es un comercio que ofrece productos y servicios según se describe en el Anexo "A" a través de su sitio online en la Internet (www.) que está ubicado en [ESCRIBIR DIRECCIÓN] (los "Servicios Comerciales"). El Socio Estratégico es el comercio que ofrece productos y servicios al público en general y que actualmente no posee una presencia en la Internet que le permita a los clientes comprar sus productos y servicios online. Las partes desean entablar una relación comercial mutuamente beneficiosa por la cual los clientes del Socio Estratégico puedan tener acceso a los Servicios Comerciales online provistos por el Comercio Electrónico a través de la creación de un Sitio web de marca compartida (el "Sitio de Marca Compartida") que esté ubicado en el servidor que actualmente utiliza el Comercio Electrónico en conexión con su sito actual. Las partes desean acordar y registrar un único nombre de dominio en la Internet para la ubicación del Sitio de Marca Compartida. POR LO TANTO, en contraprestación a título oneroso, inclusive las promesas y los acuerdos establecidos en el presente, las partes acuerdan lo siguiente: CREACIÓN DEL SITIO DE MARCA COMPARTIDA El Comercio Electrónico será responsable por el desarrollo de una versión del Sito web actual del Comercio Electrónico que es de marca compartida y contiene referencias tanto del Comercio Electrónico como del Socio Estratégico. El Sitio de Marca Compartida deberá mostrar de manera destacada la identificación de afiliación con el Socio Estratégico, inclusive la exposición destacada del logotipo y marca registrada del Socio Estratégico. El Sitio de Marca Compartida será funcionalmente equivalente al Sitio web actual del Comercio Electrónico, salvo que deberá contener aspectos y características del Sitio de Marca Compartida establecidos en el presente Acuerdo. El Socio Estratégico deberá cooperar plenamente con el Comercio Electrónico en la creación del Sitio de Marca Compartida y deberá entregar, inmediatamente al momento de la ejecución del presente, al Comercio Electrónico imágenes gráficas y archivos de texto en un disco comprimido que deberá incluir el logotipo del Socio Estratégico en formato GIF o JPG y cualquier contenido textual necesario para la creación de los aspectos de marca compartida del Sitio de Marca Compartida. El Comercio Electrónico hará todo lo razonablemente posible, con la plena cooperación del Socio Estratégico, para crear el Sitio de Marca Compartida y habilitarlo de manera acabada en línea dentro de los [NÚMERO] días siguientes a la fecha efectiva del presente. Las partes acuerdan que registrarán el nombre de dominio [ESCRIBIR DIRECCIÓN] para utilizarlo en relación con el Sitio de Marca Compartida. El Comercio Electrónico será responsable de registrar dicho nombre de dominio. Las partes reconocen que han controlado mutuamente la disponibilidad para dicho nombre de dominio a partir de la fecha efectiva del presente y que dicho nombre se encuentra disponible. PROMOCIÓN DEL SITIO DE MARCA COMPARTIDA Las partes deberán emitir un comunicado de prensa conjunto en el que anuncien la afiliación creada por el presente Acuerdo y el lanzamiento del Sito de Marca Compartida. Dicho comunicado deberá ser mutuamente satisfactorio en cuanto a forma y contenido y deberá ser difundido a través de dichos servicios y agencias que se han acordado mutuamente entre las partes. El coste de dicho comunicado de prensa deberá ser afrontado en partes iguales por las partes del presente. El Socio Estratégico declara, garantiza y acuerda que es por el interés mutuo tanto del Socio Estratégico como del Comercio Electrónico que el Socio Estratégico para comercializar y canalizar el negocio a través del Sito de Marca Compartida. A tal fin, el Socio Estratégico hará todo lo razonablemente posible en lo comercial para maximizar el número de usuarios de la Internet que tienen acceso al Sitio de Marca Compartida. El Socio Estratégico deberá asegurar que el Sito de Marca Compartida se encuentre en el listado de todo motor de búsqueda disponible y que aparezca en las categorías adecuadas y hará todo lo razonablemente posible para maximizar la ubicación de resultados de dichos motores de búsqueda. El Socio Estratégico deberá establecer acuerdos para la utilización de vínculos y de avisos publicitarios para promover el Sitio de Marca Compartida. El Socio Estratégico deberá ubicar vínculos destacados que guíen al Sitio de Marca Compartida en cualquier otro sitio de la Internet que él cree para promover su comercio y servicios. El Socio Estratégico acuerda promover el Sitio de Marca Compartida con respecto a las promociones off line y parte de sus actividades normales de publicidad. El Socio Estratégico deberá promover el Sitio de Marca Compartida en todo su material impreso para promoción, en avisos publicitarios televisivos que pueda colocar, en exposiciones y convenciones, y a través de los medios impresos y de radiodifusión. Además, el Socio Estratégico acuerda promocionar el Sitio de Marca Compartida a través de su base de datos de clientes existente, de boletín enviado por correo electrónico y de promociones por correo postal. El Socio Estratégico acuerda desarrollar y mantener un sitio en la Internet para promocionar sus servicios generales y en dicho sitio promocionar el Sitio de Marca Compartida. SOPORTE TÉCNICO Y CONSULTAS por comercio electrónico El Comercio Electrónico deberá funcionar como contacto en la Internet para los usuarios del Sitio de Marca Compartida y deberá brindar asistencia técnica a los usuarios que envíen preguntas técnicas por correo electrónico concernientes al Sitio de Marca Compartida. El Comercio Electrónico hará todo lo razonablemente posible para contestar rápidamente todas las preguntas razonables y realizadas de buena fe por los usuarios relacionadas con el Sitio de Marca Compartida. Se brindará soporte técnico solamente durante las horas laborales habituales de atención "offline" de los comercios electrónicos. Los representantes del Comercio Electrónico deberán estar razonablemente disponibles a través de correo electrónico para realizar consultas al Socio Estratégico concernientes al Sitio de Marca Compartida. DERECHOS PATRIMONIALES El Comercio Electrónico retendrá todos los derechos, títulos e intereses en todos sus sitios de marca registrada, marcas de servicio, propiedad intelectual, patentes, secretos comerciales e información confidencial. El Socio Estratégico no obtendrá derecho alguno en virtud del presente Acuerdo o de cualquier otra forma excepto por las cláusulas específicamente establecidas en el presente sujetas a todos los términos y condiciones del mismo. El Socio Estratégico tendrá una licencia mundial no exclusiva para utilizar sólo dichas marcas registradas según son provistas por el Comercio Electrónico para el uso relacionado con la promoción del Sitio de Marca Compartida. Dicha licencia será válida sólo durante la vigencia del presente Acuerdo. Dicho material deberá ser utilizado solamente por el Socio Estratégico con respecto a la promoción del Sitio de Marca Compartida y sólo deberá ser utilizado en la forma en la que es entregado al Socio Estratégico por el Comercio Electrónico
Esto acuerdo de marca compartida posee 8 paginas y es un MS Word tipo listado bajo internet y tecnología documentos.
ACUERDO DE MARCA COMPARTIDA El presente Acuerdo de Marca Compartida se celebra y entra en vigencia el [FECHA], ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (el "Comercio Electrónico"), compañía constituida en y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL SOCIO ESTRATÉGICO] (el "Socio Estratégico"), compañía constituida en y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] En contraprestación de los términos y condiciones del presente Acuerdo, y de otros a título oneroso, las partes acuerdan lo siguiente: TÉRMINOS Y CONDICIONES El Comercio Electrónico es un comercio que ofrece productos y servicios según se describe en el Anexo "A" a través de su sitio online en la Internet (www.) que está ubicado en [ESCRIBIR DIRECCIÓN] (los "Servicios Comerciales"). El Socio Estratégico es el comercio que ofrece productos y servicios al público en general y que actualmente no posee una presencia en la Internet que le permita a los clientes comprar sus productos y servicios online. Las partes desean entablar una relación comercial mutuamente beneficiosa por la cual los clientes del Socio Estratégico puedan tener acceso a los Servicios Comerciales online provistos por el Comercio Electrónico a través de la creación de un Sitio web de marca compartida (el "Sitio de Marca Compartida") que esté ubicado en el servidor que actualmente utiliza el Comercio Electrónico en conexión con su sito actual. Las partes desean acordar y registrar un único nombre de dominio en la Internet para la ubicación del Sitio de Marca Compartida. POR LO TANTO, en contraprestación a título oneroso, inclusive las promesas y los acuerdos establecidos en el presente, las partes acuerdan lo siguiente: CREACIÓN DEL SITIO DE MARCA COMPARTIDA El Comercio Electrónico será responsable por el desarrollo de una versión del Sito web actual del Comercio Electrónico que es de marca compartida y contiene referencias tanto del Comercio Electrónico como del Socio Estratégico. El Sitio de Marca Compartida deberá mostrar de manera destacada la identificación de afiliación con el Socio Estratégico, inclusive la exposición destacada del logotipo y marca registrada del Socio Estratégico. El Sitio de Marca Compartida será funcionalmente equivalente al Sitio web actual del Comercio Electrónico, salvo que deberá contener aspectos y características del Sitio de Marca Compartida establecidos en el presente Acuerdo. El Socio Estratégico deberá cooperar plenamente con el Comercio Electrónico en la creación del Sitio de Marca Compartida y deberá entregar, inmediatamente al momento de la ejecución del presente, al Comercio Electrónico imágenes gráficas y archivos de texto en un disco comprimido que deberá incluir el logotipo del Socio Estratégico en formato GIF o JPG y cualquier contenido textual necesario para la creación de los aspectos de marca compartida del Sitio de Marca Compartida. El Comercio Electrónico hará todo lo razonablemente posible, con la plena cooperación del Socio Estratégico, para crear el Sitio de Marca Compartida y habilitarlo de manera acabada en línea dentro de los [NÚMERO] días siguientes a la fecha efectiva del presente. Las partes acuerdan que registrarán el nombre de dominio [ESCRIBIR DIRECCIÓN] para utilizarlo en relación con el Sitio de Marca Compartida. El Comercio Electrónico será responsable de registrar dicho nombre de dominio. Las partes reconocen que han controlado mutuamente la disponibilidad para dicho nombre de dominio a partir de la fecha efectiva del presente y que dicho nombre se encuentra disponible. PROMOCIÓN DEL SITIO DE MARCA COMPARTIDA Las partes deberán emitir un comunicado de prensa conjunto en el que anuncien la afiliación creada por el presente Acuerdo y el lanzamiento del Sito de Marca Compartida. Dicho comunicado deberá ser mutuamente satisfactorio en cuanto a forma y contenido y deberá ser difundido a través de dichos servicios y agencias que se han acordado mutuamente entre las partes. El coste de dicho comunicado de prensa deberá ser afrontado en partes iguales por las partes del presente. El Socio Estratégico declara, garantiza y acuerda que es por el interés mutuo tanto del Socio Estratégico como del Comercio Electrónico que el Socio Estratégico para comercializar y canalizar el negocio a través del Sito de Marca Compartida. A tal fin, el Socio Estratégico hará todo lo razonablemente posible en lo comercial para maximizar el número de usuarios de la Internet que tienen acceso al Sitio de Marca Compartida. El Socio Estratégico deberá asegurar que el Sito de Marca Compartida se encuentre en el listado de todo motor de búsqueda disponible y que aparezca en las categorías adecuadas y hará todo lo razonablemente posible para maximizar la ubicación de resultados de dichos motores de búsqueda. El Socio Estratégico deberá establecer acuerdos para la utilización de vínculos y de avisos publicitarios para promover el Sitio de Marca Compartida. El Socio Estratégico deberá ubicar vínculos destacados que guíen al Sitio de Marca Compartida en cualquier otro sitio de la Internet que él cree para promover su comercio y servicios. El Socio Estratégico acuerda promover el Sitio de Marca Compartida con respecto a las promociones off line y parte de sus actividades normales de publicidad. El Socio Estratégico deberá promover el Sitio de Marca Compartida en todo su material impreso para promoción, en avisos publicitarios televisivos que pueda colocar, en exposiciones y convenciones, y a través de los medios impresos y de radiodifusión. Además, el Socio Estratégico acuerda promocionar el Sitio de Marca Compartida a través de su base de datos de clientes existente, de boletín enviado por correo electrónico y de promociones por correo postal. El Socio Estratégico acuerda desarrollar y mantener un sitio en la Internet para promocionar sus servicios generales y en dicho sitio promocionar el Sitio de Marca Compartida. SOPORTE TÉCNICO Y CONSULTAS por comercio electrónico El Comercio Electrónico deberá funcionar como contacto en la Internet para los usuarios del Sitio de Marca Compartida y deberá brindar asistencia técnica a los usuarios que envíen preguntas técnicas por correo electrónico concernientes al Sitio de Marca Compartida. El Comercio Electrónico hará todo lo razonablemente posible para contestar rápidamente todas las preguntas razonables y realizadas de buena fe por los usuarios relacionadas con el Sitio de Marca Compartida. Se brindará soporte técnico solamente durante las horas laborales habituales de atención "offline" de los comercios electrónicos. Los representantes del Comercio Electrónico deberán estar razonablemente disponibles a través de correo electrónico para realizar consultas al Socio Estratégico concernientes al Sitio de Marca Compartida. DERECHOS PATRIMONIALES El Comercio Electrónico retendrá todos los derechos, títulos e intereses en todos sus sitios de marca registrada, marcas de servicio, propiedad intelectual, patentes, secretos comerciales e información confidencial. El Socio Estratégico no obtendrá derecho alguno en virtud del presente Acuerdo o de cualquier otra forma excepto por las cláusulas específicamente establecidas en el presente sujetas a todos los términos y condiciones del mismo. El Socio Estratégico tendrá una licencia mundial no exclusiva para utilizar sólo dichas marcas registradas según son provistas por el Comercio Electrónico para el uso relacionado con la promoción del Sitio de Marca Compartida. Dicha licencia será válida sólo durante la vigencia del presente Acuerdo. Dicho material deberá ser utilizado solamente por el Socio Estratégico con respecto a la promoción del Sitio de Marca Compartida y sólo deberá ser utilizado en la forma en la que es entregado al Socio Estratégico por el Comercio Electrónico
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