Esto acuerdo de garantía y pagaré posee 5 paginas y es un MS Word tipo listado bajo legal documentos.
ACUERDO DE GARANTÍA Y PAGARÉ El presente Acuerdo de garantía (en lo sucesivo el "Acuerdo") entra en vigencia el [FECHA], ENTRE: [NOMBRE DE LA PARTE ASEGURADA] (en lo sucesivo la "Parte asegurada"), persona física con dirección principal en O compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (en lo sucesivo el "Deudor"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Por el valor recibido, el Deudor abajo firmante promete pagar a la orden de [nombre], junto con cualquier otro titular de este pagaré (en lo sucesivo la "Parte asegurada"), en su oficina ubicada en [DIRECCIÓN], [montO], con un interés calculado a una tasa de [%] por año. El pago se efectuará en cuotas mensuales iguales y sucesivas de [monto], excepto por la cuota final, que será el saldo impago de este pagaré. Cada cuota será pagadera el [día] de cada mes, desde el [fecha]. GARANTÍA Para garantizar el pago de este pagaré [SEGÚN CORRESPONDA, AGREGAR: Y TODAS LAS DEMÁS OBLIGACIONES DEL DEUDOR HACIA LA PARTE ASEGURADA, SUS SUCESORES Y CESIONARIOS. YA SEA COMO FUESE CREADO, DIRECTO O INDIRECTO, ABSOLUTO O CONDICIONADO O QUE OPERE AHORA O POSTERIORMENTE, EL DEUDOR GARANTIZA A LA PARTE ASEGURADA UN INTERÉS DE GARANTÍA EN LA SIGUIENTE PROPIEDAD Y EN TODOS LOS ACCESORIOS, PARTES Y EQUIPAMIENTO, AHORA O POSTERIORMENTE, ANEXADOS AL MISMo: (describIR GARANTÍA Colateral)]. [SEGÚN CORRESPONDA, AGREGAR: PARA GARANTIZAR MÁS EL PAGO DE ESTE PAGARÉ, LA PARTE ASEGURADA TENDRÁ UN GRAVÁMEN SOBRE Y RECURSO EN TODA PROPIEDAD PERTENECIENTE AL DEUDOR QUE AHORA O POSTERIORMENTE SE ENCUENTRA EN POSESIÓN O CONTROL DE LA PARTE ASEGURADA. Dicha propiedad se denominará en forma colectiva "Garantía colateral" en este acuerdo. GARANTÍAS Y COMPROMISOS El Deudor garantiza y acuerda que: En la medida, si ocurre, que el Deudor le sugiere a la Parte asegurada que se está adquiriendo cierta Garantía colateral con el importe del pagaré, dicho monto debe ser desembolsado por la Parte asegurada directamente al vendedor de dicha Garantía colateral. La Garantía colateral, que no forme parte de la Garantía colateral que previamente a la ejecución de este acuerdo el Deudor le notifica por escrito a la Parte asegurada que consiste en equipamiento normalmente utilizado en más de un estado, se mantendrá en la dirección del Deudor señalada anteriormente y no se moverá sin previo consentimiento escrito de la parte Asegurada, [SI CORRESPONDE, AGREGAR: EXCEPTO EN EL CASO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, PARA USO TEMPORARIO Y HABITUAL EN (ESTADO)]. Si cualesquiera de las Garantías colaterales consiste en equipamiento de algún tipo normalmente utilizado en más de un Estado, ya sea que realmente se utilice así o no, el Deudor de inmediato suministrará una notificación escrita a la Parte asegurada de cualquier cambio en el centro principal de operaciones del Deudor y de cualquier uso de dicha Garantía colateral en cualquier Estado diferente al Estado que ha notificado el Deudor con anterioridad a la Parte asegurada que utilizaría Garantía colateral. A menos que la Parte asegurada exprese consentimiento escrito de lo contrario, dicha Garantía colateral no será utilizada fuera de los límites territoriales de [país]. El Deudor tiene, o adquirirá de inmediato, el derecho completo sobre la Garantía colateral y mantendrá en todo momento a la garantía colateral libre de gravámenes y demandas, cualesquiera fueran, que no sea el interés de la garantía según este pagaré y acuerdo. Ningún estado financiero que cubra algo de la Garantía colateral se encuentra en los archivos de alguna oficina pública, y el Deudor, a solicitud de la Parte asegurada, eventualmente ejecutará o se involucrará en la ejecución de dicho estado financiero y de otros documentos, pagará el costo de presentación o registro de la declaración y de otros documentos en todas las oficinas públicas que la Parte asegurada considere necesario y realizará otras acciones según pueda requerir la Parte asegurada que perfeccione, establezca y mantenga un interés de garantía válido en la Garantía colateral, que incluya pero no se limite a depósitos con la Parte asegurada de algún certificado de título que puede ser emitido con respecto a alguna Garantía colateral y notación sobre el certificado del interés de la garantía según este pagaré y acuerdo. El Deudor no venderá, transferirá, arrendará ni de ninguna manera dispondrá de alguna Garantía colateral o de algún interés en la Garantía colateral excepto con el consentimiento escrito previo de la Parte asegurada. En todo momento el Deudor mantendrá la Garantía colateral ordenada y en buen estado, excepto por pérdida, daño o destrucción que se cubra en su totalidad por medio de las ganancias del seguro o que resulte del uso habitual. En todo momento, el Deudor mantendrá a la garantía colateral asegurada contra pérdida, daño, robo y otros riesgos, en tales montos, con tales compañías y según tales políticas y de tal manera como le resulte satisfactorio a la Parte asegurada. Dichas políticas estipularán que la pérdida según la política deberá pagarse a la Parte asegurada según su interés, y la Parte asegurada puede aplicar cualquier ganancia de dicho seguro que pueda recibir como pago de cualquiera de las responsabilidades del Deudor a la Parte asegurada, independientemente de si vence. Dicha aplicación de las ganancias puede realizarse en el orden en que la Parte asegurada determine apropiado. Dichas políticas de seguro, si las partes aseguradas así lo requieren, se depositarán con la Parte asegurada. La Parte asegurada puede examinar e inspeccionar la Garantía colateral o cualquier parte de la misma, donde quiera que esté ubicada, en cualquier momento razonable. USO DE LA GARANTÍA COLATERAL Hasta el incumplimiento según este pagaré y acuerdo, el Deudor puede tener posesión de la Garantía colateral y utilizarla de cualquier manera lícita que no sea incompatible con este pagaré y acuerdo o con alguna política del seguro sobre cualquier Garantía colateral. REEMBOLSO DE LOS GASTOS
Esto acuerdo de garantía y pagaré posee 5 paginas y es un MS Word tipo listado bajo legal documentos.
ACUERDO DE GARANTÍA Y PAGARÉ El presente Acuerdo de garantía (en lo sucesivo el "Acuerdo") entra en vigencia el [FECHA], ENTRE: [NOMBRE DE LA PARTE ASEGURADA] (en lo sucesivo la "Parte asegurada"), persona física con dirección principal en O compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (en lo sucesivo el "Deudor"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Por el valor recibido, el Deudor abajo firmante promete pagar a la orden de [nombre], junto con cualquier otro titular de este pagaré (en lo sucesivo la "Parte asegurada"), en su oficina ubicada en [DIRECCIÓN], [montO], con un interés calculado a una tasa de [%] por año. El pago se efectuará en cuotas mensuales iguales y sucesivas de [monto], excepto por la cuota final, que será el saldo impago de este pagaré. Cada cuota será pagadera el [día] de cada mes, desde el [fecha]. GARANTÍA Para garantizar el pago de este pagaré [SEGÚN CORRESPONDA, AGREGAR: Y TODAS LAS DEMÁS OBLIGACIONES DEL DEUDOR HACIA LA PARTE ASEGURADA, SUS SUCESORES Y CESIONARIOS. YA SEA COMO FUESE CREADO, DIRECTO O INDIRECTO, ABSOLUTO O CONDICIONADO O QUE OPERE AHORA O POSTERIORMENTE, EL DEUDOR GARANTIZA A LA PARTE ASEGURADA UN INTERÉS DE GARANTÍA EN LA SIGUIENTE PROPIEDAD Y EN TODOS LOS ACCESORIOS, PARTES Y EQUIPAMIENTO, AHORA O POSTERIORMENTE, ANEXADOS AL MISMo: (describIR GARANTÍA Colateral)]. [SEGÚN CORRESPONDA, AGREGAR: PARA GARANTIZAR MÁS EL PAGO DE ESTE PAGARÉ, LA PARTE ASEGURADA TENDRÁ UN GRAVÁMEN SOBRE Y RECURSO EN TODA PROPIEDAD PERTENECIENTE AL DEUDOR QUE AHORA O POSTERIORMENTE SE ENCUENTRA EN POSESIÓN O CONTROL DE LA PARTE ASEGURADA. Dicha propiedad se denominará en forma colectiva "Garantía colateral" en este acuerdo. GARANTÍAS Y COMPROMISOS El Deudor garantiza y acuerda que: En la medida, si ocurre, que el Deudor le sugiere a la Parte asegurada que se está adquiriendo cierta Garantía colateral con el importe del pagaré, dicho monto debe ser desembolsado por la Parte asegurada directamente al vendedor de dicha Garantía colateral. La Garantía colateral, que no forme parte de la Garantía colateral que previamente a la ejecución de este acuerdo el Deudor le notifica por escrito a la Parte asegurada que consiste en equipamiento normalmente utilizado en más de un estado, se mantendrá en la dirección del Deudor señalada anteriormente y no se moverá sin previo consentimiento escrito de la parte Asegurada, [SI CORRESPONDE, AGREGAR: EXCEPTO EN EL CASO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, PARA USO TEMPORARIO Y HABITUAL EN (ESTADO)]. Si cualesquiera de las Garantías colaterales consiste en equipamiento de algún tipo normalmente utilizado en más de un Estado, ya sea que realmente se utilice así o no, el Deudor de inmediato suministrará una notificación escrita a la Parte asegurada de cualquier cambio en el centro principal de operaciones del Deudor y de cualquier uso de dicha Garantía colateral en cualquier Estado diferente al Estado que ha notificado el Deudor con anterioridad a la Parte asegurada que utilizaría Garantía colateral. A menos que la Parte asegurada exprese consentimiento escrito de lo contrario, dicha Garantía colateral no será utilizada fuera de los límites territoriales de [país]. El Deudor tiene, o adquirirá de inmediato, el derecho completo sobre la Garantía colateral y mantendrá en todo momento a la garantía colateral libre de gravámenes y demandas, cualesquiera fueran, que no sea el interés de la garantía según este pagaré y acuerdo. Ningún estado financiero que cubra algo de la Garantía colateral se encuentra en los archivos de alguna oficina pública, y el Deudor, a solicitud de la Parte asegurada, eventualmente ejecutará o se involucrará en la ejecución de dicho estado financiero y de otros documentos, pagará el costo de presentación o registro de la declaración y de otros documentos en todas las oficinas públicas que la Parte asegurada considere necesario y realizará otras acciones según pueda requerir la Parte asegurada que perfeccione, establezca y mantenga un interés de garantía válido en la Garantía colateral, que incluya pero no se limite a depósitos con la Parte asegurada de algún certificado de título que puede ser emitido con respecto a alguna Garantía colateral y notación sobre el certificado del interés de la garantía según este pagaré y acuerdo. El Deudor no venderá, transferirá, arrendará ni de ninguna manera dispondrá de alguna Garantía colateral o de algún interés en la Garantía colateral excepto con el consentimiento escrito previo de la Parte asegurada. En todo momento el Deudor mantendrá la Garantía colateral ordenada y en buen estado, excepto por pérdida, daño o destrucción que se cubra en su totalidad por medio de las ganancias del seguro o que resulte del uso habitual. En todo momento, el Deudor mantendrá a la garantía colateral asegurada contra pérdida, daño, robo y otros riesgos, en tales montos, con tales compañías y según tales políticas y de tal manera como le resulte satisfactorio a la Parte asegurada. Dichas políticas estipularán que la pérdida según la política deberá pagarse a la Parte asegurada según su interés, y la Parte asegurada puede aplicar cualquier ganancia de dicho seguro que pueda recibir como pago de cualquiera de las responsabilidades del Deudor a la Parte asegurada, independientemente de si vence. Dicha aplicación de las ganancias puede realizarse en el orden en que la Parte asegurada determine apropiado. Dichas políticas de seguro, si las partes aseguradas así lo requieren, se depositarán con la Parte asegurada. La Parte asegurada puede examinar e inspeccionar la Garantía colateral o cualquier parte de la misma, donde quiera que esté ubicada, en cualquier momento razonable. USO DE LA GARANTÍA COLATERAL Hasta el incumplimiento según este pagaré y acuerdo, el Deudor puede tener posesión de la Garantía colateral y utilizarla de cualquier manera lícita que no sea incompatible con este pagaré y acuerdo o con alguna política del seguro sobre cualquier Garantía colateral. REEMBOLSO DE LOS GASTOS
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