Esto acuerdo de distribución exclusiva posee 9 paginas y es un MS Word tipo listado bajo ventas y marketing documentos.
ACUERDO DE DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVA Este Acuerdo de Distribución Exclusiva (el "Acuerdo") entra en vigencia el [FECHA] y se celebra ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (la "Compañía"), compañía constituida en y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL DISTRIBUIDOR] ("el Distribuidor"), persona física con dirección principal en O compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] POR CUANTO la Compañía desea comercializar los Productos descritos en el Anexo A (los "Productos") a través del Distribuidor, se acuerda lo siguiente: DEFINICIONES En el presente Acuerdo, se indicarán las definiciones de los siguientes términos y se aplicarán al término tanto en forma singular como plural: "Acuerdo" significa este acuerdo, los Anexos adjuntos al presente y cualquier documento incluido como referencia, cada una de sus posibles modificaciones periódicas, de acuerdo con los términos del presente Acuerdo; "Accesorios" significa los accesorios descritos en el Anexo A adjunto al presente e incluye todos los dispositivos especiales fabricados por la Compañía y utilizados en relación con el funcionamiento de los Bienes. Los accesorios se podrán eliminar o agregar al Anexo A y la Compañía podrá modificar sus especificaciones y diseño a su entera discreción, en cualquier momento al enviar por correo postal al Distribuidor una notificación escrita sobre dichos cambios. Cada cambio será efectivo a los [CANTIDAD] días posteriores a la fecha en que se envía la notificación del mismo al Distribuidor. "Afiliado" significa cualquier compañía controlada por, que controla o según el control común de la Compañía. Afiliado significa cualquier persona, empresa u otra entidad: (i) que sea propietaria, ahora o en adelante, directa o indirectamente, del veinticinco (25%) o más de alguna clase de acciones con derecho a voto de la Compañía o tenga, ahora o en adelante, directa o indirectamente, el control efectivo de la Compañía, o (ii) del veinticinco (25%) o más de alguna clase de acciones con derecho a voto del cual la Compañía, o una parte descrita en el párrafo (i) sea propietaria, ahora o en adelante, directa o indirectamente o del cual la Compañía, o una parte descrita en el párrafo (i) tenga su control, ahora o en adelante, directa o indirectamente. "Cliente" significa cualquier persona que adquiere o arrienda Productos de un Distribuidor. "Punto de entrega" significa las instalaciones de la compañía en [DIRECCIÓN COMPLETA]. Punto de entrega significa las instalaciones del Distribuidor en [DIRECCIÓN COMPLETA]. "Anexo" significa un anexo adjunto al presente acuerdo. "Bienes" significa aquellos artículos descritos en el Anexo B. Los Bienes se podrán eliminar o agregar al Anexo B y la Compañía podrá modificar sus especificaciones y diseño a su entera discreción en cualquier momento al enviar por correo postal al Distribuidor una notificación escrita sobre dichos cambios. Cada cambio será efectivo a los [CANTIDAD] días posteriores a la fecha en que se envía la notificación del mismo al Distribuidor. "Productos" significa los Bienes, Accesorios y Piezas de Repuestos. "Piezas de Repuestos" significa: (i) todas las partes y components de los Bienes; (ii) todo dispositivo especial utilizado en relación con el mantenimiento o servicio de los Bienes. La Compañía garantiza que en el Anexo C se adjunta una lista de piezas de Repuestos. Las Piezas de Repuestos se podrán eliminar o agregar al Anexo C y la Compañía podrá cambiar sus especificaciones y diseño a su entera discreción en cualquier momento al enviar por correo postal al Distribuidor una notificación escrita sobre dichos cambios. Cada cambio será efectivo a los [CANTIDAD] días posteriores a la fecha en que se envía la notificación del mismo al Distribuidor. "Especificaciones" significa aquellas especificaciones establecidas en el Anexo D. "Territorio" significa la o las siguientes áreas geográficas: [ESPECIFICAR]. Durante el plazo de este Acuerdo, el Distribuidor tendrá el primer derecho a rechazar a su criterio expandir el Territorio para poder distribuir los Productos sobre una base de exclusividad en [PAÍSES]. La Compañía le dará al Distribuidor una notificación escrita y los términos según los cuales intenta permitir la distribución o los términos de cualquier otra oferta o requerimiento de una tercera parte por derechos a distribuir, cualquiera de los productos en cualquier país que no esté incluido en el Territorio. El Distribuidor aceptará o rechazará dicha oferta por escrito dentro de los [CANTIDAD] días posteriores a la recepción de la misma, y, si el Distribuidor acepta dicha oferta, el Territorio será expandido según corresponda. "Marca comercial" significa cualquier marca comercial, logotipo, marca de servicio u otra designación comercial, ya sea que estén o no registrados, que se los utilice para representar o describir los Productos de la Compañía, según se establece en el Anexo E. DESIGNACIÓN DEL DISTRIBUIDOR Designación Por el presente la Compañía designa al Distribuidor como el distribuidor exclusivo de Productos de la Compañía en el Territorio y el Distribuidor acepta ese cargo. La Compañía, en la medida en que Pueda hacerlo por ley, (i) no designará a ningún distribuidor ni agente en el Territorio para los otros Productos que no sean los del Distribuidor, (ii) no venderá, ni ordenará a ningún Afiliado, a vender Productos a sabiendas a ninguna persona que no sea el Distribuidor o una parte designada por éste para el uso o la reventa dentro del Territorio (excepto conforme a algún acuerdo efectivo al momento en que el presente Acuerdo se comenzó a aplicar al servicio brindado) y (iii) hará todo lo razonablemente posible para evitar que alguna parte que no sea el Distribuidor busque clientes para los Productos en el Territorio, establezca alguna sucursal con respecto a la distribución de Productos en el Territorio o mantenga algún depósito de distribución con respecto a los Productos en el Territorio. La Compañía o algún Afiliado, vende algún Producto que con el tiempo será revendido en el Territorio (que no sea una venta al Distribuidor o a una parte que él designe) y la Compañía o ese Afiliado tenían motivo para saber al momento de la venta de ese Producto que era posible que dicha venta se produjera, la Compañía inmediatamente después que se contrate la venta de activación (la cual será la reventa del Producto en el Territorio o la venta inmediatamente anterior a la utilización del Producto en el Territorio), pagará al Distribuidor el [PORCENTAJE] % del precio de ese Producto según el presente Acuerdo en el momento en que se contrató la venta de activación, cuyo pago representará una recuperación de ciertos gastos de publicidad y capital realizados por el Distribuidor. Nada de lo estipulado en esta Sección afectará ningún otro derecho o resarcimiento que el Distribuidor pueda tener conforme al presente Acuerdo. REMISIONES Si alguna parte (que no sea el Distribuidor o una parte que éste designe) contacta a la Compañía o algún Afiliado y consulta sobre la adquisición de Productos en el Territorio, la Compañía deberá remitir o hará que ese Afiliado lo haga, a dicha parte al Distribuidor quien es la persona adecuada para manejar transacciones como la enunciada anteriormente. RELACIÓN DE LAS PARTES El Distribuidor es un contratista independiente y no el agente ni representante legal de la Compañía para algún fin y no tendrá derecho ni autorización (salvo que se estipule expresamente en el presente Acuerdo) para incurrir, asumir o constituir por escrito o de la forma que fuera, alguna garantía sobre algún empleado de la Compañía, todos los cuales están bajo el control de la Compañía, la cual será responsable de sus actos y omisiones.
Esto acuerdo de distribución exclusiva posee 9 paginas y es un MS Word tipo listado bajo ventas y marketing documentos.
ACUERDO DE DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVA Este Acuerdo de Distribución Exclusiva (el "Acuerdo") entra en vigencia el [FECHA] y se celebra ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (la "Compañía"), compañía constituida en y que opera de acuerdo con las leyes [del Estado/de la Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL DISTRIBUIDOR] ("el Distribuidor"), persona física con dirección principal en O compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] POR CUANTO la Compañía desea comercializar los Productos descritos en el Anexo A (los "Productos") a través del Distribuidor, se acuerda lo siguiente: DEFINICIONES En el presente Acuerdo, se indicarán las definiciones de los siguientes términos y se aplicarán al término tanto en forma singular como plural: "Acuerdo" significa este acuerdo, los Anexos adjuntos al presente y cualquier documento incluido como referencia, cada una de sus posibles modificaciones periódicas, de acuerdo con los términos del presente Acuerdo; "Accesorios" significa los accesorios descritos en el Anexo A adjunto al presente e incluye todos los dispositivos especiales fabricados por la Compañía y utilizados en relación con el funcionamiento de los Bienes. Los accesorios se podrán eliminar o agregar al Anexo A y la Compañía podrá modificar sus especificaciones y diseño a su entera discreción, en cualquier momento al enviar por correo postal al Distribuidor una notificación escrita sobre dichos cambios. Cada cambio será efectivo a los [CANTIDAD] días posteriores a la fecha en que se envía la notificación del mismo al Distribuidor. "Afiliado" significa cualquier compañía controlada por, que controla o según el control común de la Compañía. Afiliado significa cualquier persona, empresa u otra entidad: (i) que sea propietaria, ahora o en adelante, directa o indirectamente, del veinticinco (25%) o más de alguna clase de acciones con derecho a voto de la Compañía o tenga, ahora o en adelante, directa o indirectamente, el control efectivo de la Compañía, o (ii) del veinticinco (25%) o más de alguna clase de acciones con derecho a voto del cual la Compañía, o una parte descrita en el párrafo (i) sea propietaria, ahora o en adelante, directa o indirectamente o del cual la Compañía, o una parte descrita en el párrafo (i) tenga su control, ahora o en adelante, directa o indirectamente. "Cliente" significa cualquier persona que adquiere o arrienda Productos de un Distribuidor. "Punto de entrega" significa las instalaciones de la compañía en [DIRECCIÓN COMPLETA]. Punto de entrega significa las instalaciones del Distribuidor en [DIRECCIÓN COMPLETA]. "Anexo" significa un anexo adjunto al presente acuerdo. "Bienes" significa aquellos artículos descritos en el Anexo B. Los Bienes se podrán eliminar o agregar al Anexo B y la Compañía podrá modificar sus especificaciones y diseño a su entera discreción en cualquier momento al enviar por correo postal al Distribuidor una notificación escrita sobre dichos cambios. Cada cambio será efectivo a los [CANTIDAD] días posteriores a la fecha en que se envía la notificación del mismo al Distribuidor. "Productos" significa los Bienes, Accesorios y Piezas de Repuestos. "Piezas de Repuestos" significa: (i) todas las partes y components de los Bienes; (ii) todo dispositivo especial utilizado en relación con el mantenimiento o servicio de los Bienes. La Compañía garantiza que en el Anexo C se adjunta una lista de piezas de Repuestos. Las Piezas de Repuestos se podrán eliminar o agregar al Anexo C y la Compañía podrá cambiar sus especificaciones y diseño a su entera discreción en cualquier momento al enviar por correo postal al Distribuidor una notificación escrita sobre dichos cambios. Cada cambio será efectivo a los [CANTIDAD] días posteriores a la fecha en que se envía la notificación del mismo al Distribuidor. "Especificaciones" significa aquellas especificaciones establecidas en el Anexo D. "Territorio" significa la o las siguientes áreas geográficas: [ESPECIFICAR]. Durante el plazo de este Acuerdo, el Distribuidor tendrá el primer derecho a rechazar a su criterio expandir el Territorio para poder distribuir los Productos sobre una base de exclusividad en [PAÍSES]. La Compañía le dará al Distribuidor una notificación escrita y los términos según los cuales intenta permitir la distribución o los términos de cualquier otra oferta o requerimiento de una tercera parte por derechos a distribuir, cualquiera de los productos en cualquier país que no esté incluido en el Territorio. El Distribuidor aceptará o rechazará dicha oferta por escrito dentro de los [CANTIDAD] días posteriores a la recepción de la misma, y, si el Distribuidor acepta dicha oferta, el Territorio será expandido según corresponda. "Marca comercial" significa cualquier marca comercial, logotipo, marca de servicio u otra designación comercial, ya sea que estén o no registrados, que se los utilice para representar o describir los Productos de la Compañía, según se establece en el Anexo E. DESIGNACIÓN DEL DISTRIBUIDOR Designación Por el presente la Compañía designa al Distribuidor como el distribuidor exclusivo de Productos de la Compañía en el Territorio y el Distribuidor acepta ese cargo. La Compañía, en la medida en que Pueda hacerlo por ley, (i) no designará a ningún distribuidor ni agente en el Territorio para los otros Productos que no sean los del Distribuidor, (ii) no venderá, ni ordenará a ningún Afiliado, a vender Productos a sabiendas a ninguna persona que no sea el Distribuidor o una parte designada por éste para el uso o la reventa dentro del Territorio (excepto conforme a algún acuerdo efectivo al momento en que el presente Acuerdo se comenzó a aplicar al servicio brindado) y (iii) hará todo lo razonablemente posible para evitar que alguna parte que no sea el Distribuidor busque clientes para los Productos en el Territorio, establezca alguna sucursal con respecto a la distribución de Productos en el Territorio o mantenga algún depósito de distribución con respecto a los Productos en el Territorio. La Compañía o algún Afiliado, vende algún Producto que con el tiempo será revendido en el Territorio (que no sea una venta al Distribuidor o a una parte que él designe) y la Compañía o ese Afiliado tenían motivo para saber al momento de la venta de ese Producto que era posible que dicha venta se produjera, la Compañía inmediatamente después que se contrate la venta de activación (la cual será la reventa del Producto en el Territorio o la venta inmediatamente anterior a la utilización del Producto en el Territorio), pagará al Distribuidor el [PORCENTAJE] % del precio de ese Producto según el presente Acuerdo en el momento en que se contrató la venta de activación, cuyo pago representará una recuperación de ciertos gastos de publicidad y capital realizados por el Distribuidor. Nada de lo estipulado en esta Sección afectará ningún otro derecho o resarcimiento que el Distribuidor pueda tener conforme al presente Acuerdo. REMISIONES Si alguna parte (que no sea el Distribuidor o una parte que éste designe) contacta a la Compañía o algún Afiliado y consulta sobre la adquisición de Productos en el Territorio, la Compañía deberá remitir o hará que ese Afiliado lo haga, a dicha parte al Distribuidor quien es la persona adecuada para manejar transacciones como la enunciada anteriormente. RELACIÓN DE LAS PARTES El Distribuidor es un contratista independiente y no el agente ni representante legal de la Compañía para algún fin y no tendrá derecho ni autorización (salvo que se estipule expresamente en el presente Acuerdo) para incurrir, asumir o constituir por escrito o de la forma que fuera, alguna garantía sobre algún empleado de la Compañía, todos los cuales están bajo el control de la Compañía, la cual será responsable de sus actos y omisiones.
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