Esto acuerdo de compraventa de activos comerciales posee 5 paginas y es un MS Word tipo listado bajo finanzas y contabilidad documentos.
CONTRATO DE COMPRA Y VENTA DE ACTIVOS COMERCIALES Este Contrato de Compra y Venta (el "Contrato") se realiza en dos copias originales y entra en vigencia el [FECHA] ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (el "Vendedor"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL COMPRADOR] (el "Comprador"), persona física con dirección principal en, compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] ASUNTO El Comprador acuerda comprar y el Vendedor acuerda vender al Comprador toda la compañía y los activos que posee el Vendedor en relación con las [TIPO DE TRANSACCIÓN] operaciones comerciales efectuadas como [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] en [DIRECCIÓN COMPLETA] (la "transacción") siendo la siguiente enumeración meramente enunciativa pero no taxativa: El mobiliario, las instalaciones y el equipamiento que se describe detalladamente en el Anexo A; Todas las existencias vendibles; Todas las partes y suministros utilizables; Todos los intereses de locación que el locatario posee en la propiedad del [NOMBRE DEL ARRENDADOR]; La buena voluntad del negocio conjuntamente con el derecho exclusivo del Comprador para representar el negocio en reemplazo del Vendedor y para utilizar el estilo comercial del negocio y modificaciones en el mismo que realizará el Comprador. Quedan expresamente excluidos de la compra y venta los siguientes activos: [CONSIGNAR EXCLUSIONES, por ejemplo, efectivo en mano o en depósito, cuentas por cobrar, valores y otras deudas vencidas o por vencer]. PRECIO DE COMPRA El precio de compra pagadero por la compañía y los activos que se acordaron comprar y vender se estipula por el total de los montos computados y asignados según figura a continuación: Para el equipamiento - [MONTO]; Para las existencias, se estipula el coste directo al Vendedor; Para las partes y los suministros, se estipula el coste directo al Vendedor; Para la buena voluntad - [MONTO]; Para los activos restantes que se acordaron comprar y vender. El precio de compra de las existencias será establecido a partir de un inventario efectuado y valuado después del cierre de operaciones el día previo al día del cierre. El vendedor ofrecerá evidencia satisfactoria al Comprador del coste directo de los elementos incluidos en las existencias. El Comprador podrá excluir de la compra y venta todo elemento que considere razonablemente inutilizable en virtud de fallos en la calidad o respecto del cual el Comprador no esté razonablemente satisfecho como prueba del coste directo. El precio de compra de los repuestos y suministros será establecido por un inventario tomado y valuado después del cierre comercial el día previo al día del cierre. El vendedor ofrecerá evidencia suficiente al Comprador respecto del coste directo de los elementos incluidos en las partes y los suministros. El Comprador podrá excluir de la compra y venta todo elemento que según su entender considere inutilizable o que no lo satisfaga como prueba del coste directo. CONDICIONES DE PAGO El Vendedor acusa recibo de un cheque por la suma de [MONTO] por parte del Comprador al celebrar este contrato que el Vendedor mantendrá como depósito a cuenta del precio de compra de la compañía y de los activos que se acordaron comprar y vender y como título para el debido cumplimiento del presente contrato por parte del Comprador. El balance del precio de compra de la compañía y de los activos que se acordaron comprar y vender se pagarán, sujeto a modificaciones, mediante cheque certificado al cierre. El balance del precio de compra vencido al cierre deberá modificarse particularmente para todos los gastos operativos prepagos y afrontados por el negocio, alquiler y utilidades, siendo esta enumeración meramente enunciativa pero no taxativa. CLÁUSULAS, DECLARACIONES Y GARANTÍAS Además de lo ya establecido en este contrato, las siguientes representan las cláusulas para completar la celebración del contrato a favor del Comprador: Que el Comprador obtenga posibilidades de financiación según sea conveniente para él a fin de completar la compra; Que el manejo del negocio en su ubicación actual no se encuentre limitado por restricciones del uso de la tierra. Que el locador del inmueble consienta su cesión al Comprador; Que el Comprador obtenga todos los permisos y las licencias necesarias para el manejo del negocio; que el Vendedor provea o entregue al cierre toda la documentación de cierre; Que los locales se encuentren en las mismas condiciones de uso en las que se encuentran actualmente, salvo el desgaste natural ocasionado por el transcurso del tiempo y su buen uso, a la fecha de posesión: Que la junta directiva del Vendedor autorice debidamente la ejecución de este contrato. Las declaraciones y garantías que figuran a continuación se realizan y entregan por el Vendedor al Comprador y sobreviven de manera expresa el cierre de este contrato. Las declaraciones son verdaderas a partir de la fecha de celebración de este contrato y lo serán a partir de la fecha de cierre, momento en que persistirán como garantías según sus condiciones. A elección del Comprador, las garantías y garantías serán tratadas como cláusulas del cierre de este contrato a favor del Comprador. No obstante, el cierre de este contrato no será considerado como renuncia ni por el contrario resultará en una combinación para privar al Comprador del derecho a iniciar acciones legales en contra del Vendedor por el incumplimiento de la garantía respecto de cualquier tema garantizado, haya sido o no aprobado por el Comprador previo al cierre del contrato: El Vendedor es residente de [PAÍS] de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Impuesto a las Ganancias de [PAÍS]; El Vendedor es propietario y tiene derecho a vender los elementos que figuran en el Anexo A; Los activos que se acordaron comprar y vender se venden libres de todo gravamen, embargo y cargo; El equipamiento se encuentra en buenas condiciones de uso;
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CONTRATO DE COMPRA Y VENTA DE ACTIVOS COMERCIALES Este Contrato de Compra y Venta (el "Contrato") se realiza en dos copias originales y entra en vigencia el [FECHA] ENTRE: [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (el "Vendedor"), compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] Y: [NOMBRE DEL COMPRADOR] (el "Comprador"), persona física con dirección principal en, compañía constituida y que opera de acuerdo con las leyes de [Estado/Provincia], [ESTADO/PROVINCIA], con oficina central en: [DIRECCIÓN COMPLETA] ASUNTO El Comprador acuerda comprar y el Vendedor acuerda vender al Comprador toda la compañía y los activos que posee el Vendedor en relación con las [TIPO DE TRANSACCIÓN] operaciones comerciales efectuadas como [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] en [DIRECCIÓN COMPLETA] (la "transacción") siendo la siguiente enumeración meramente enunciativa pero no taxativa: El mobiliario, las instalaciones y el equipamiento que se describe detalladamente en el Anexo A; Todas las existencias vendibles; Todas las partes y suministros utilizables; Todos los intereses de locación que el locatario posee en la propiedad del [NOMBRE DEL ARRENDADOR]; La buena voluntad del negocio conjuntamente con el derecho exclusivo del Comprador para representar el negocio en reemplazo del Vendedor y para utilizar el estilo comercial del negocio y modificaciones en el mismo que realizará el Comprador. Quedan expresamente excluidos de la compra y venta los siguientes activos: [CONSIGNAR EXCLUSIONES, por ejemplo, efectivo en mano o en depósito, cuentas por cobrar, valores y otras deudas vencidas o por vencer]. PRECIO DE COMPRA El precio de compra pagadero por la compañía y los activos que se acordaron comprar y vender se estipula por el total de los montos computados y asignados según figura a continuación: Para el equipamiento - [MONTO]; Para las existencias, se estipula el coste directo al Vendedor; Para las partes y los suministros, se estipula el coste directo al Vendedor; Para la buena voluntad - [MONTO]; Para los activos restantes que se acordaron comprar y vender. El precio de compra de las existencias será establecido a partir de un inventario efectuado y valuado después del cierre de operaciones el día previo al día del cierre. El vendedor ofrecerá evidencia satisfactoria al Comprador del coste directo de los elementos incluidos en las existencias. El Comprador podrá excluir de la compra y venta todo elemento que considere razonablemente inutilizable en virtud de fallos en la calidad o respecto del cual el Comprador no esté razonablemente satisfecho como prueba del coste directo. El precio de compra de los repuestos y suministros será establecido por un inventario tomado y valuado después del cierre comercial el día previo al día del cierre. El vendedor ofrecerá evidencia suficiente al Comprador respecto del coste directo de los elementos incluidos en las partes y los suministros. El Comprador podrá excluir de la compra y venta todo elemento que según su entender considere inutilizable o que no lo satisfaga como prueba del coste directo. CONDICIONES DE PAGO El Vendedor acusa recibo de un cheque por la suma de [MONTO] por parte del Comprador al celebrar este contrato que el Vendedor mantendrá como depósito a cuenta del precio de compra de la compañía y de los activos que se acordaron comprar y vender y como título para el debido cumplimiento del presente contrato por parte del Comprador. El balance del precio de compra de la compañía y de los activos que se acordaron comprar y vender se pagarán, sujeto a modificaciones, mediante cheque certificado al cierre. El balance del precio de compra vencido al cierre deberá modificarse particularmente para todos los gastos operativos prepagos y afrontados por el negocio, alquiler y utilidades, siendo esta enumeración meramente enunciativa pero no taxativa. CLÁUSULAS, DECLARACIONES Y GARANTÍAS Además de lo ya establecido en este contrato, las siguientes representan las cláusulas para completar la celebración del contrato a favor del Comprador: Que el Comprador obtenga posibilidades de financiación según sea conveniente para él a fin de completar la compra; Que el manejo del negocio en su ubicación actual no se encuentre limitado por restricciones del uso de la tierra. Que el locador del inmueble consienta su cesión al Comprador; Que el Comprador obtenga todos los permisos y las licencias necesarias para el manejo del negocio; que el Vendedor provea o entregue al cierre toda la documentación de cierre; Que los locales se encuentren en las mismas condiciones de uso en las que se encuentran actualmente, salvo el desgaste natural ocasionado por el transcurso del tiempo y su buen uso, a la fecha de posesión: Que la junta directiva del Vendedor autorice debidamente la ejecución de este contrato. Las declaraciones y garantías que figuran a continuación se realizan y entregan por el Vendedor al Comprador y sobreviven de manera expresa el cierre de este contrato. Las declaraciones son verdaderas a partir de la fecha de celebración de este contrato y lo serán a partir de la fecha de cierre, momento en que persistirán como garantías según sus condiciones. A elección del Comprador, las garantías y garantías serán tratadas como cláusulas del cierre de este contrato a favor del Comprador. No obstante, el cierre de este contrato no será considerado como renuncia ni por el contrario resultará en una combinación para privar al Comprador del derecho a iniciar acciones legales en contra del Vendedor por el incumplimiento de la garantía respecto de cualquier tema garantizado, haya sido o no aprobado por el Comprador previo al cierre del contrato: El Vendedor es residente de [PAÍS] de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Impuesto a las Ganancias de [PAÍS]; El Vendedor es propietario y tiene derecho a vender los elementos que figuran en el Anexo A; Los activos que se acordaron comprar y vender se venden libres de todo gravamen, embargo y cargo; El equipamiento se encuentra en buenas condiciones de uso;
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